Comité de Convivencia

El Comité de convivencia y formación para los derechos humanos. En función de la educación para la sexualidad y prevención y mitigación de la violencia escolar como la implementación de la ruta de atención integral del GIC.
Definición
Nos regimos por la ley y dichos mandatos los acogemos en el Manual de Convivencia, los valores que representamos son consistentes con nuestros deberes en el día a día de nuestro Colegio:
– Competencias ciudadanas.
– Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
– Acoso escolar o bullying.
– Ciberbullying o ciberacoso escolar.
– Conflictos.
– Conflictos manejados inadecuadamente.
– Agresión escolar.
– Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
– Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Principios del GIC
Participación: de conformidad al presente capitulo es deber de la institución educativa promocionar el manual de convivencia, enfocando la participación de los directivos, docentes, alumnos y sus familias en el desarrollo e implementación de estrategias y acciones tendientes a disminuir y controlar los actos o acciones contempladas dentro del presente capitulo.
Corresponsabilidad: Es de resaltar que si bien es cierto la ley 1620 contempla una series de responsabilidades tanto a los directivos, docentes, la sociedad y el estado, es imperioso resaltar la responsabilidad de las familias y el comportamiento de los educandos en su entorno social por fuera de nuestra institución educativa con la vigilancia y control del deber de cuidado que le consagra al padre de familia y a la familia la ley.
Autonomía: El presente capitulo junto con su manual de convivencia se efectúan en total autonomía, con las necesidades y requerimientos de nuestra institución sus educandos y, sus familias.
Diversidad: Nuestra institución educativa, respeta, resalta y promociona la dignidad del ser humano, por lo cual rechaza y deplora cualquier acto que atente contra su pensamiento, etnia, condición física, social o cultural como también su orientación sexual, de nuestros estudiantes como de los profesores y directivos.
Integralidad: De conformidad a la ley el presente capitulo incluye a toda la comunidad educativa, es decir a los directivos, docentes, educando y sus familias.